Del 5 al 12 de junio, cualquier persona puede presentar reclamación sobre sus datos censales en los Ayuntamientos, Consulados o directamente en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral.
Los electores residentes en España, que puedan identificarse con Cl@ve, pueden presentar la reclamación, en la dirección: https://sede.ine.gob.es/censoElectoralTramitesReclaEleWeb/.
Todas las reclamaciones presentadas se resuelven por el Delegado Provincial en los tres días siguientes y se notifican a los interesados. Quienes no estén conformes con la resolución adoptada, pueden interponer recurso ante el Juez de lo contencioso-administrativo en un plazo de cinco días a partir de su notificación.
Normativa:
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Artículo 39.(2,3,4,5,6) y 40.
- Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, sobre reclamaciones y datos de inscripción en el censo electoral.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Artículo 39.7 los envíos de las tarjetas censales se realizarán entre el 26 junio y 17 de julio.
De acuerdo con el artículo 39.1 de la LOREG, el censo vigente para las elecciones que se celebrarán el 23 de julio de 2023 es el cerrado el 1 de marzo de 2023, que recoge los movimientos comunicados por los Ayuntamientos, Consulados y Registros Civiles acaecidos hasta el 27 de febrero de 2023. A este censo se incorporarán las reclamaciones estimadas.
En ese censo no se tienen en cuenta los cambios de circunscripción electoral de los electores que residen en el extranjero producidos desde el 29 de mayo de 2022.
Normativa: