Viernes, 19 Abril 2024

NUEVAS MEDIDAS ANTI COVID-19 EN LA COMUNIDAD DE MADRID

  • Viernes, 18 Septiembre 2020 16:39

La Comunidad de Madrid ha anunciado restricciones a la movilidad en 37 áreas en función de una incidencia acumulada del COVID-19 en los últimos 14 días superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes, la acumulada en los últimos 14 días con una tendencia estable o creciente y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de la movilidad.

En Madrid capital las zonas afectadas son Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba, en Carabanchel; Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín, en Usera; San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales, en Villaverde; la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny, en el distrito de Puente de Vallecas; y Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa, en Ciudad Lineal.

En Fuenlabrada las zonas que se perimetrarán serán las de Alicante, Cuzco y Francia. También los municipios de Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio, y en Parla, las zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II. Por su parte, Getafe estará afectado en Las Margaritas y Sánchez Morate; en San Sebastián de los Reyes, la zona de Reyes Católicos; y en Alcobendas, la zona de Chopera y Miraflores.

Las restricciones quedarán reflejadas en una nueva Orden del consejero de Sanidad que entrarán en vigor el próximo lunes, 21 de septiembre cuando se publiquen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). La Abogacía General de la Comunidad de Madrid solicitará la ratificación judicial prevista en la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el caso de que así proceda.

Esta Orden tendrá un periodo inicial de vigencia de 14 días naturales, pudiéndose prorrogar si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica en la región. La Consejería de Sanidad recuerda que las sanciones aplicables por el incumplimiento de las órdenes y protocolos sanitarios vigentes pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

En la Orden se restringen los desplazamientos y actividades no imprescindibles en estas 37 zonas. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida de esas áreas salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de ese perímetro, para lo que se solicitará la correspondiente colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las policías locales. Las reuniones privadas se reducen en estas zonas de 10 a 6 personas, salvo que se trate de convivientes.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

Sobre los aforos en el comercio, se baja al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.

Por su parte, en la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. De igual modo, sólo podrá haber 6 comensales en cada mesa, en lugar de 10 personas como hasta ahora, y tendrán que cerrar a las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo y con las oportunas medidas de distancia de seguridad.

Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.

Por otro lado, y para toda la Comunidad de Madrid (no solo las zonas restringidas) se limitan las reuniones sociales en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas (hasta el momento estaba permitido hasta un total de 10). Esta medida es de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

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